Declaran inadmisible las candidaturas PLD-PRSC
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Entre el PLD-PRSC existe una alianza a nivel municipal y esto trajo como consecuencia que la entrega de los documentos que presentan los candidatos a Alcalde y demás candidaturas fueron recibidas a los días 19 y 20 por la Junta Electoral y el delegado del PLD la presentó el 19 de marzo del 2010 y la ley establece como tiempo límite el 17 de marzo, para la entrega de propuestas de candidatura de partidos políticos. Según el acta de sesion de la Junta electoral en su párrafo 1 la Alianza presentó dos candidatos a la misma posición de Alcalde, que corresponden a Fátima Ovalles y Mateo Arias.
Por lo tanto, esto es una violación a la Ley Electoral no. 275-97 en su artículo 69 y el reglamento del 02/03/2010, en la página 3, párrafo b, donde la primera dice que ninguna propuesta deberá contener más de un candidato para cada uno de los cargos que deban ser cubiertos por la elección y la segunda del reglamento que dice que el plazo para el deposito de las mismas se cumplirá a las doce de la noche del 17 de marzo del 2010, momento a partir del cual no serán recibidas en la Junta Central Electoral ni en las Juntas electorales ninguna propuesta de candidatos.
Esta acta de sesión fue remitida a la Junta Central Electoral para su conocimiento, donde se ventilara en la Cámara Contensiosa estos dos casos de la Alianza del PLD-PRSC en Gaspar Hernández.
Inadmisible: que no se puede aceptar.
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